lunes, 17 de junio de 2019

Derecho Romano (Trascendencia histórica)

  
Derecho Romano

Estudio de la materia, Preguntas y Respuestas.

Tema:
  •  Trascendencia histórica del derecho romano
Se expondrán las ideas más generalmente aceptadas en la actualidad, para proporcionar un punto de partida al estudio del Derecho Romano.

¿Qué es el Derecho Romano?

Es aquel grupo de disposiciones de carácter jurídico que rigió a los romanos y a los pueblos por ellos conquistados a lo largo de su historia
Conocemos este derecho, sobre todo, por la gran compilación realizada por juristas bizantinos en el tiempo del Emperador Justiniano (527-565) compilación que distingue el Corpus Iuris Civilis del Corpus Iuris Canonici.

¿Según los historiadores, cual es el origen de Roma?

Los historiadores romanos de la época de transición de la República al Imperio se encargaron eficazmente de ligar los orígenes de Roma con las más bellas tradiciones griegas, haciendo de Roma –a través de Alba Longa- la heredera de Troya. 

Historia:

ENEAS había escapado de las ruinas humeantes de Troya, su Ciudad y, finalmente, se había establecido en Italia, casándose con una Princesa del Lacio; el hijo de ENEAS fundo Alba Longa, y posteriormente, uno de sus descendientes, AMULIO, destronó allí a su hermano NUMITOR, matando a sus hijos y condenando a su hija, como SACERDOTISA DE VESTA, a virginidad perpetua, por fortuna, intervino el DIOS MARTE, y así la sacerdotisa dio a luz unos gemelos, que fueron abandonados en el Tíber por órdenes de su receloso Tío; una loba los cuidó y crio, y fueron más tarde educados por un pastor, a causa de las confrontaciones con los jóvenes de Alba Longa, los condujeron ante el Rey y se descubrió la verdad, la población de Alba Longa se unió a los gemelos para destronar al usurpador y reponer a NUMITOR en el trono, luego, RÓMULO y REMO se retiraron para fundar su propia Ciudad: Roma.

¿En qué fecha se fundo Roma?

Según los autores romanos, esta fundación sucede el 21 de abril del año 753 a.c. cuando aventureros de diversas razas se unieron para crear los cimientos de la nueva ciudad, bajo el consejo de los dos hermanos Romulo y Remo. 

¿Cual es el Significado de la palabra Derecho?

La palabra Derecho se deriva, en efecto, de dirigiere, e implica una regla de conducta, de este modo considerado, el Derecho es el conjunto de reglas que rigen las relaciones sociales.

¿Cual es el Concepto de Derecho?

El Derecho es un orden que se expresa en normas para regir a la sociedad, tiene como fin permitir una vida organizada del conglomerado humano que conduzca al progreso colectivo, que no es otra cosa que el bien común público.

No es exacto, como generalmente se afirma, que el Derecho sea un conjunto de normas, la norma es la expresión del Derecho, pero no el Derecho mismo

¿Cuales son las diferentes Categorías Jurídicas?

1.- El sujeto de Derechos y Obligaciones.
2.- El objeto sobre el cual recaen los Derechos y las obligaciones.
3.- La actividad o comportamiento de los sujetos, que interesa al Derecho en tanto que se ajusta o aparta de lo mandado, lo prohibido o lo permitido.
4.- La relación que se establece entre los sujetos, por virtud de la cual éstos adquieren Derechos o contraen Obligaciones.
5.- La norma jurídica, es la forma típica de expresión del Derecho que no siempre es escrita. (Es evidente que entre los pueblos antiguos, ante la falta de conocimiento del grabado y el desconocimiento de la técnica legislativa, se presentaron las costumbres jurídicas dentro de la norma religiosa, de manera indiferenciada. El Código de Hammurabi es interesante en este propósito; data como es sabido del 1700 a.c. aproximadamente y fue producto de la civilización babilónica, refleja claramente el contraste que solamente entre los romanos pudo superarse).

¿Qué es un Sistema Jurídico Contemporáneo?

Sabemos que un Sistema Jurídico se refiere al conjunto de Instituciones gubernamentales, actitudes, normas jurídicas  y creencias vigentes en un país sobre lo que es el Derecho, su función en la sociedad y la manera en que se crea o debería crear, aplicar, perfeccionar, enseñar y estudiar.
Los Sistemas Jurídicos contemporáneos integran el conjunto de Leyes, costumbres, razones y Jurisprudencia de Derecho Positivo que gobierna en los diversos países del mundo.

¿Cuales son los diferentes Sistemas Jurídicos Contemporáneos en el mundo?

1.- Sistema de Derecho Romano-Germánico: Formado por la unión de las culturas romana y germana en la zona Occidente de Europa a partir del siglo V de nuestra era, posteriormente se afirmó en la mayor parte de Europa, pasando de ahí a Latinoamérica y a otros lugares del mundo, éste Sistema, al cual pertenece el Derecho Mexicano, se caracteriza porque la norma de Derecho se elabora inicialmente, y se aplica posteriormente a los problemas que la práctica presenta; este no fue; sin embargo, el proceder más característico del Derecho Romano, por el contrario, en él se resolvía cada caso de acuerdo con los principios de Justicia y Equidad, formándose así un acervo de criterios que servirían para situaciones del futuro, la tendencia a elaborar previamente la norma deriva de la época en que decayó la fecundidad creativa del Derecho, y en especial de la compilación de JUSTINIANO, quien logró la organización sistemática del Derecho de Roma.

2.- Sistema Anglosajón o del precedente Judicial: La cultura inglesa surge como una fusión de la nobleza normanda con la población anglosajona, dotada de algo de sangre romana (siglo XI), lográndose poco después la unificación del Derecho a través de las decisiones de los Tribunales Reales de Justicia en detrimento de las costumbres locales, para corregir los excesos y rigores de este Derecho unificado “Common Law”, los particulares se dirigían al Rey, quien a través de un confesor “canciller”, suaviza tales normas, aplicando los principios de la Equidad, como lo había hecho siglos antes el Pretor romano.
El sistema anglosajón ha pasado de Inglaterra a todas sus colonias y ex-colonias, comprendiendo como es natural gran parte de los Estados Unidos de Norte América y Canadá.

3.- Sistema Socialista: Este grupo de ubica especialmente en la Europa Oriental, que originalmente formó su Derecho con elementos romano-germánicos, pero que a partir de la Revolución Rusa de 1917 ha elaborado su Derecho acorde al Socialismo.

4.- Sistema de Extracción Filosófico-Religiosa. A este grupo corresponden el Derecho musulmán, el hindú y el japonés, que no obstante reciben cada día con más vigor la influencia de occidente; geográficamente comprenden una parte de África y una considerable porción de Asia, que no se ha ido incorporando aún a los Sistemas Socialistas o al Occidente.

¿En el Mundo Actual que lugar tiene el Derecho Romano?

El conocimiento, comprensión y asimilación de los Principios Fundamentales del Derecho Romano, se presentan como indispensables dentro del proceso de identificación de nuestra cultura “Latinoamericana”, de esta manera, el humanista, y de forma global el estudiante y el estudioso del Derecho, podrán comprenderse mejor a sí mismos, toda vez que el Derecho es una clara expresión de la cultura nacional y ésta encuentra sus raíces en el pasado histórico.

El Derecho Romano ha influido en mayor medida en las zonas más técnicas de nuestro Derecho Privado, tales como las obligaciones, contratos, bienes y sucesiones y en menor medida tratándose de la familia; la razón estriba en que las zonas más técnicas del Derecho son menos mutables, y así, el Derecho contemporáneo no ha agregado casi nada en substancia a la precisión alcanzada por los juristas romanos.

¿Qué es la Ocassio Legis?

De la formación histórica de las Instituciones se llega también al conocimiento de la occasio legis o sea, a la razón de ser el fenómeno jurídico, en otras palabras, se precisa su fuente real, lo cual proporciona un auxilio valiosísimo en el conocimiento íntimo de tales Institutos, que abre la puerta al jurista hacia la ratio legis (espíritu o intención) de la norma.


¿Actualmente por que es importante el estudio del Derecho Romano?

1.- La estructura social de los países occidentales que deriva de los conceptos histórico-culturales de Grecia y Roma, es fundamentalmente la misma;

2.- Los criterios para la solución de los problemas prácticos, engendrados por la socialización de la urbe son, en líneas generales, los mismos;

3.- Permite analizar la continuidad histórica de una problemática social, tanto en su invariancia constitutiva como en su movilidad temporal, lo que determina la concreción de las Instituciones Jurídicas;

4.- Permite observar la unidad supranacional de la ciencia jurídica y establecer, mediante una comparación histórica, las modalidades de los Derechos Positivos nacionales, especialmente, el Mexicano; y

5.- Conocimiento de las Legislaciones comparadas, dando la posibilidad de la captación de principios y doctrinas generales que integran una fuente común susceptible de ejercer sobre cada Legislación, una acción similar a la que en el mundo romano tuvo el Ius Gentium, esto es, el Derecho de los demás en una sociedad civil en proceso de diferenciación.

Asimismo, se establecen algunas consideraciones sobre el estudio del Derecho Romano:

1.- Es disciplina experimental, que trae aparejada, la cohesión pública frente a las cambiantes circunstancias sociales;

2.- Proporciona una necesaria cultura histórica-jurídica, una Introducción al estudio del Derecho;

3.- Explica y descubre la ciencia jurídica desde la perspectiva del ámbito histórico; y

4.- Desarrolla una intuición jurídica en los alumnos y profesores, toda vez que observando la solución a problemas que ofrecen los Jurisconsultos antiguos, les permitirá tener las bases jurídicas para la resolución de casos actuales.

 
Referencias 
  • Arangio Ruiz, Vincenzo. (1999).Historia del Derecho Romano(5ª ed.). Traducción de F. Pelsmaeker. Madrid: Reus.Arias Ramos, J. (1961). 
  • Compendio de Derecho Público Romano e Historia de las Fuentes. España: Valladolid.Argüello, Luis Rodolfo.(2003).
  •  Historia del Derecho Romano y de los Derechos Neorromanistas(13ª.ed.). México: Porrúa.

domingo, 16 de junio de 2019


PRACTICA DE LABORATORIO SOBRE LOS ENLACES QUIMICOS


PRACTICA DE LABORATORIO SOBRE LOS ENLACES QUIMICOS
“Examen práctico.”
Objetivo:
Principalmente comprobar por medio de los tipos de enlaces que contienen las diferentes sustancias en las cuales se pondrán a prueba si presentan ese enlace o no. Estas sustancias a su vez se tendrá que identificar su la forma de estructura que presenta la sustancia (amorfo o cristalino), lo que también comprobara o reafirmara que tipo de enlace es.
Por lo que cada uno de las sustancias planteadas tendrá un diferente tipo de enlace, estos presentaran características que únicamente ese tipo de enlaces presentara.  Así que esas propiedades de los enlaces se les aplicaran algo característico para poder comprobar el tipo de enlace presentado. En el cual estos tendrán que cumplir.
Herramientas:
§  KCl (cloruro de potasio) enlace iónico
§  NaCl (cloruro de sodio) enlace iónico
§  CuCl(cloruro de cobre) enlace covalente no polar
§  MgCl(di cloruró de magnesio) enlace iónico
§  KBr (bromuro de potasio) enlace iónico
§  C (carbono) enlace covalente puro
§  S (azufre) enlace covalente puro
§  I (yodo) enlace covalente puro
§  CCl(tetra cloruró de carbono) enlace  covalente no polar
§  CS2 (di sulfuro de carbono) enlace covalente no polar
§  C6H12O6 (glucosa) enlace iónico
§  CH3-CH2-OH (alcohol) enlace iónico
§  CH3 (CO) CH3 (acetona pura) enlace iónico
§   CH2-OOCH (aceite de cocina) enlace covalente no polar.
§  H20 (agua destilada) enlace covalente polar.
§  Circuito.
§  Leed
§  Resistencia
§  Bata
§  Cable
§  Lengüetas o regla
Hipótesis:
Hay  cuatro tipos de enlaces químicos en estas sustancias, por lo que cada una de ellas presentara diversas características así que cada uno de los enlaces presentara lo siguiente.
Enlace covalente polar: Fundamentalmente líquidos y gases, puntos de ebullición bajos, puntos de fusión bajos, insolubles en agua, no conducen corriente eléctrica, los enlaces covalentes polares pueden existir en  los 3 estados de agregación debido a la atracción entre sus moléculas, son solubles en sustancias con el mismo tipo de enlace.
Enlace covalente no polar: Tiene gran cantidad de actividad química, son solubles en solventes no polares, no son conductores de electricidad, sus puntos de fusión y ebullición son bajos (un poco más bajos que las sustancias polares), se observan cuando dos átomos de un elemento se unen para formar moléculas asimétricas y cuya diferencia de electronegatividad es igual de cero a uno punto cinco.
Enlace covalente puro: Presentan uniones con átomos iguales (o bien elementos iguales), estos su diferencia de electronegatividad es igual a cero, por su composición forman moléculas visibles, son solubles en otras sustancias con el mismo tipo de enlace, no conducen electricidad.
Enlace iónico: Suelen presentarse en sólidos cristalinos los cuales tiene puntos de fusión altos, puntos de ebullición altos, los cuales son solubles en agua, conducen electricidad en estado sólido, la dureza de estos enlaces es de 1 mons a 10 mons, presenta diferencia de electronegatividad de enlaces de 1.7 a cualquier número superior.
Procedimientos:
1.    Limpiar la zona de trabajo que se utilizara para cada compuesto.
2.    Elaborar un circuito con lengüetas o regla, resistencia, leed cables; el cual tendrá que tener cuidado de que no se mezcle con otro tipo de sustancia.
3.    Ponerse la bata de laboratorio
4.    Aplicar corriente eléctrica (con el circuito) a cada una de las sustancias para poder comprobar el tipo de enlace que tiene cada uno de ellos.
5.    A su vez mezclar cada una de las sustancias con agua para comprobar sus propiedades solubles.
6.    Atreves con ayuda de un microscopio identificar qué forma tienen cada uno de los compuestos sólidos, para así comprobar si son sólidos amorfos (sólidos sin forma) o sólidos cristalinos (sólidos con formas geométricas)
7.    Después de haber comprobado el tipo de cada uno de los enlaces limpiar todo correctamente.
8.    Tomar registro de lo ocurrido.
Observaciones:
Durante la práctica se pudo observar que cada sustancia tenía propiedades específicas para cada sustancia por lo que se observo lo siguiente:
Sustancia
Estructura
Solubilidad
Conductor
eléctrico
Tipo de
enlace
KCl
(cloruro de potasio)
Cristalino
Soluble en agua
Si es conductor de electricidad.
Enlace iónico
NaCl
(cloruro de sodio)
Cristalino
Soluble en agua
Si es conductor de electricidad.
Enlace iónico
KBr
(bromuro de
Potasio)
Cristalino
Soluble en agua
Si es conductor de electricidad.
Enlace iónico
MgCl2
(Di cloruro de magnesio)
Cristalino
Soluble en agua
Si es conductor de electricidad.
Enlace iónico
CuCl
(Cloruro de cobre)
Cristalino
No Soluble en agua
No es conductor de electricidad.
Enlace covalente no polar
C (carbono)
Amorfo
No es soluble en agua
No es conductor de electricidad.
Enlace covalente puro
S
(azufre)
Amorfo
No es soluble en agua
No es conductor de electricidad.
Enlace covalente puro
C6H12O6
(glucosa)
Cristalino
Soluble en agua
Si es conductor de electricidad.
Enlace iónico
CH2-OOCH
(aceite de cocina)
Liquido
No es soluble en agua
No es conductor de electricidad.
Enlace covalente no polar
CH3 (CO)CH3
(acetona)
Liquido
Soluble en agua
Si es conductor de electricidad.
Enlace iónico
I (yodo)
Amorfo
No es soluble en agua
No es conductor de electricidad.
Enlace covalente puro
CH3-CH2-OH
(alcohol)
Liquido
Soluble en agua
Si es conductor de electricidad.
Enlace iónico
H2O (Agua destilada)
Liquido
Soluble en agua
No es conductor de electricidad.
Enlace covalente polar
CCl4 (tetra cloruro de cobre
Liquido
No es soluble en agua
No es conductor de electricidad.
Enlace covalente no polar
CS(di sulfuro de carbono)
Liquido
 No es soluble en agua
No es conductor de electricidad.
Enlace covalente no polar

Análisis:
Esto paso gracias a las propiedades de las sustancias que cada una de las sustancias presento al tratar de conducirle electricidad diluido en agua y además que se presento que atreves de diluir sustancias de igual tipo de enlace estos se diluían sin problemas debido a las fuerzas entre sus moléculas, igual pasando en los que no se pudo diluir esto paso gracias a la fuerza entre sus moléculas.
Conclusión:
En conclusión se puede decir que en cada sustancia existen comportamientos de materia y fuerzas de interacción diferentes, las cuales hacen que tengan propiedades únicas sobre el tipo de comportamiento electronegativo tenga este (ósea que esas fuerzas hacen que las sustancias presenten un tipo de enlace entre las moléculas).
Fotos:
Azúcar:

Carbono:

Alcohol:

Cloruro de cobre:

Bromuro de potasio (izquierda) y Di cloruro de magnesio (derecha)

Azufre:

Observación sobre la forma de los sólidos:

Aplicación de corriente eléctrica: